Redacción Ciudad Diagonal
El Ministerio de Salud de la Nación anunció cambios en la atención médica para extranjeros no residentes en el país, regulados por la Resolución N° 1066/2026. Este procedimiento operativo se deriva del Decreto N° 366/2025, que modifica la Ley de Migraciones y establece que los extranjeros residentes permanentes tendrán acceso al sistema público de salud bajo las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos.
Los extranjeros que no tengan residencia permanentemente en Argentina deberán abonar por los servicios de salud no urgentes o presentar un seguro de salud válido. La atención de emergencias, sin embargo, seguirá siendo garantizada para todos, independientemente de su estatus migratorio. Situaciones como infartos, accidentes graves y otros casos críticos no podrán ser demorados por trámites administrativos.
La norma especifica que, en caso de contar con un seguro, los hospitales deberán crear un legajo para notificar a la aseguradora y emitir la factura correspondiente. Si el paciente no cuenta con seguro, el hospital deberá presupuestar el costo y recibir el pago antes de la atención.
Estas regulaciones buscan unificar criterios administrativos en la atención médica y asegurar una atención inmediata en emergencias, al tiempo que establecen normas claras para la recuperación de costos de prestaciones brindadas a extranjeros no residentes.
Fuente: Ministerio de Salud Nacion – Noticias.























